miércoles, febrero 26, 2025
Tgtecno.com

Lo BUENO y Lo Malo

los mas recientes

Pidió una bicicleta por Mercado Libre, nunca llegó y condenaron a la billetera virtual

Un fallo en Viedma, firmado por el juez en lo Contencioso Administrativo, Julián Fernández Eguía, confirmó una multa de cerca de un millón de pesos aplicada por el área de Defensa del Consumidor de la provincia de Río Negro contra una plataforma de ventas y billetera electrónica por infringir la Ley de Defensa del Consumidor y causar daño directo a una compradora.

Se trata del caso de una mujer quien compró una bicicleta a través de una página de internet. Desde la web, la dirigieron a Mercado Pago, donde abonó el importe. Luego de enviar el comprobante de pago al vendedor, no recibió respuesta a sus mensajes ni a sus llamadas telefónicas.

Mercado Libre apeló ante el Poder Judicial la multa impuesta por el área de Defensa del Consumidor que depende de la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro (ARTRN). Alegó que la transferencia realizada por la denunciante a través de Mercado Pago no estuvo relacionada con una compraventa celebrada en el sitio web de Mercado Libre, sino que se trató de una transferencia de dinero entre usuarios de Mercado Pago.

Por su parte, la Fiscalía de Estado que intervino en el caso por la provincia de Río Negro defendió la sanción sosteniendo que “el uso del servicio implica para Mercado Pago la obtención de ganancias, resultando procedente el daño directo aplicado”.

El juez consideró la actitud de la empresa: se intentó una instancia conciliatoria, pero Mercado Libre no se presentó ni aportó pruebas. Estas conductas “obstaculizaron al organismo interviniente un cabal y completo conocimiento de la operación comercial, tal como lo explicita la Agencia de Recaudación Tributaria en su resolución”, señala el fallo.

Asimismo, se destacó que “la falta de información y de respuesta es pasible de sanción en tanto impidió al organismo interviniente un conocimiento completo de la operación comercial”.

El juez también tuvo en cuenta fallos del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que sostienen que, “a los fines de la protección sustancial y procesal, el usuario consumidor resulta la parte más débil de la relación, pues en los hechos no existe la mentada igualdad económica y social que permita la paridad de condiciones para negociar. Hay un marcado desnivel que el derecho del consumidor pretende igualar protegiendo a la parte más débil del negocio”.

Se explicó que Mercado Libre “no es un tercero ajeno a la operación que intentó concretar la usuaria”, pues “su intervención se basa en la gestión que se generó desde el enlace de Mercado Pago, habilitado para que la denunciante realizara el pago en cuestión”. En consecuencia, Mercado Pago es “responsable directo por la falta en el servicio ofrecido, atento a su calidad de proveedor”.

Así, “la aplicación del daño directo a Mercado Libre SRL se relaciona con la falta en el servicio ofrecido, dado su rol de proveedor, por lo que no puede deslindar su responsabilidad en la otra firma denunciada”. De este modo, se confirmó la multa de 600.000 pesos por infracción a la Ley de Defensa del Consumidor y 370.000 pesos por daño directo.

FUENTE: NoticiasNet

Populares