Un hombre de Viedma compró de manera particular a una pareja un Chevrolet Meriva por un valor de un millón de pesos. Pagó en efectivo. Según lo informado por los vendedores, el vehículo se encontraba en buenas condiciones de motor y carrocería. Se indicó expresamente que faltaba colocar una correa, la bomba de la dirección hidráulica y la batería.
El vecino se llevó el auto en remolque debido a esos faltantes. Firmaron el boleto de compraventa y se entregó la cédula verde, con la aclaración de que el título de propiedad del vehículo sería entregado en el transcurso de la semana. Dos días después, tras colocar los repuestos faltantes, el comprador descubrió que el auto no arrancaba. El motor estaba roto. Inmediatamente se comunicó con los vendedores para reclamar, pues esa no había sido la condición pactada.
El hombre propuso devolverles el vehículo a cambio de la restitución del dinero, sin perjuicio para ninguna de las partes. Sin embargo, la pareja respondió que no tenía la totalidad del dinero porque ya habían gastado una parte, según informó oficialmente el Poder Judicial.
Ante esta situación, el comprador les ofreció un acuerdo: que le devolvieran el dinero disponible y el resto en cuotas. En un primer momento, los vendedores aceptaron la propuesta tras algunos días, cortaron todo contacto, no respondieron mensajes ni llamadas y finalmente lo bloquearon.
El hombre intentó localizarlos en sus domicilios particulares y laborales para negociar un acuerdo, pero ellos se escondieron y se negaron a atenderlo. Finalmente, logró contactar con el vendedor a través de Messenger en Facebook, donde volvió a proponer una solución: la devolución del dinero o la reparación del auto. Sin embargo, el vendedor lo evadió nuevamente y, posteriormente, rechazó cualquier acuerdo.
Ante esta actitud, el comprador decidió reparar el vehículo por su cuenta y reclamar legalmente el reembolso de los costos. Tal es así que el 15 de mayo del año pasado se presentó el afectado ante el Juzgado de Paz de esta ciudad e interpuso una demanda de menor cuantía.
Pidió en ese ámbito que se responsabilice a los vendedores por los gastos de reparación del motor. Además, se le hiciera entrega del título de propiedad del vehículo junto con la firma de la transferencia correspondiente en el Registro de la Propiedad de Río Negro.
Se incorporaron impresiones de capturas de pantalla de Facebook, incluyendo la publicación de la venta del auto con fotografías y la descripción “motor en marcha, buen estado”. Se añadieron, asimismo, intercambios de mensajes vía WhatsApp, en los que se acreditó la relación entre las partes y se mencionó la falta de entrega del título de propiedad, reconocida por el vendedor.
En el fallo quedó demostrado que “el vehículo adquirido por el actor al demandado presentó una serie de desperfectos que obligaron a la actora a recurrir a diversos talleres mecánicos para repararlo y poder hacer uso del bien. De esta manera, debió afrontar la compra de repuestos y pagar la mano de obra, mientras reclamaba a los demandados el reembolso, sin obtener ninguna respuesta favorable”.
En el expediente se incluyeron dos testimonios del comprador perjudicado, tras lo cual, recientemente, el Juez de Paz Pablo Díaz Barcia terminó condenando a los vendedores a pagar casi un millón y medio de pesos por daño patrimonial e intereses. También ordenó la entrega del título de propiedad del vehículo y de la documentación necesaria para realizar la transferencia del dominio a favor del nuevo dueño.
FUENTE: NoticiasNet