Una camioneta que circulaba por el boulevard Sussini pasó un lomo de burro a más de 70 kilómetros por hora y embistió a un automóvil que ingresaba por calle Alberdi, en Viedma. Por la velocidad perdió el control, impactó a dos autos estacionados y finalmente volcó.
Recientemente, el titular del Juzgado Civil Nº 3, Leandro Oyola, condenó al joven autor de la maniobra a indemnizar a una de las damnificadas. Sin embargo, con la velocidad que llevaba la Toyota Hilux, de propiedad de una familia de Patagones, fueron tres vehículos afectados.
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El siniestro vial dejó heridos y daños materiales.. Ocurrió el 4 de enero de 2022 a las 16. En uno de los vehículos estacionados se encontraba una persona. Una pareja que circulaba por calle Alberdi en un Fiat Idea inició una demanda contra el conductor de la camioneta y contra su aseguradora. Sin embargo, nada se sabe respecto de que medida tomaron los otros propietarios.
El vehículo Idea sufrió daños graves en el sector delantero. Quedó durante un tiempo totalmente inservible. La familia demandante alegó que la camioneta circulaba por la izquierda, a gran velocidad y ni siquiera aminoró la marcha por el lomo de burro plástico ubicado en el boulevard.
Por su parte, la aseguradora dijo que el auto llegó a la esquina a baja velocidad. Esto fue interpretado por quien conducía la camioneta como una concesión de la prioridad de paso. Según su interpretación, el automóvil aceleró repentinamente y por eso chocaron.
En el expediente intervino una especialista. Describió la mecánica del siniestro, elaboró un croquis y concluyó que la camioneta circulaba a 71 kilómetros, mientras que el auto venía a 25 kilómetros. Explicó que no se hallaron rastros de frenado aunque esa tarde la cinta asfáltica quedó sucia de plásticos.
El fallo tuvo en cuenta el antecedente del Superior Tribunal de Justicia, por un siniestro vial ocurrido en el mismo boulevard, a solo unas cuadras de distancia. Allí, el máximo Tribunal rionegrino ratificó que salvo cartelería en contrario, se debe tener en cuenta la prioridad de quien viene por la derecha.
“No se encuentra una conducción negligente de la señora. Conducía de manera reglamentaria”, señaló la sentencia del magistrado. Insistió en que el conductor de la Hilux "es quien tuvo un aporte causal exclusivo y adecuado en la producción del siniestro debatido en autos, cuestión que se conjuga con la existencia de los demás elementos que conlleva la configuración de la responsabilidad civil objetiva aplicable al caso conforme art. 1769 y concordantes del Código Civil y Comercial".
De esta manera, Oyola condenó a la compañía aseguradora y al automovilista -de por entonces 22 años-, a cancelar en el término de 10 días, un total de 734.861 pesos asumiendo también las costas del proceso. En el fallo, Oyola rechazó paralelamente el rubro “desvalorización del rodado” (Idea) que había planteado la familia perjudicada.
FUENTE: NoticiasNet